El pasado 21 de febrero de 2025 se publicó una tesis aislada con número de registro digital 2029987 en el Semanario Judicial de la Federación, en relación con la responsabilidad penal de las personas morales.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito Judicial publicó la tesis: Responsabilidad penal de las personas morales. Requisitos para la motivación respectiva, conforme al artÃculo 11-Bis del Código Penal del Estado de México. A continuación, se enlistan los aspectos más relevantes a considerar:
- El Ministerio Público debe explicar por qué un hecho delictivo especÃfico, realizado materialmente por determinadas personas, permite atribuir responsabilidad a la persona moral
- El tribunal identificó algunos factores clave que deben considerarse para cumplir con el requisito de la debida motivación:
- De la categorización lógica del tipo penal se debe desprender que se trata de un delito atribuible a una persona moral
- El delito debe redundar en beneficio o provecho de la sociedad
- Se debe argumentar la existencia de un vÃnculo efectivo entre la persona moral y el delito mediante una relación continua y existente entre las personas fÃsicas a quienes se les puede atribuir la capacidad de actuar en representación o administración de la persona moral
Cabe destacar que este criterio es de gran relevancia para la aplicación de la responsabilidad penal de personas morales en casos en el futuro.
Como siempre, el personal de Impuestos y Legal de ÀÖÓ㣨Leyu£©ÌåÓý¹ÙÍø México a través de su Práctica de Servicios Legales, se encuentra a sus órdenes para atender cualquier duda o inquietud relacionada con esta tesis, asà como las posibles implicaciones para su empresa.
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